Licencias

Licencias Nacionales y autonómicas

Las licencias nacionales son válidas para participar en todo tipo de pruebas que se celebren en todo el estado español, tanto si son puntuables para los Campeonatos de Baleares o de España, exceptuando las pruebas de ámbito internacional, para las que se tendrá que tener además, la licencia internacional correspondiente y los permisos de salida.

La licencia autonómica balear es válida para participar en todo tipo de pruebas que sean puntuables para el Campeonato de Baleares y/o de ámbito balear.

Para todas las pruebas que transcurran por vías públicas abiertas al tránsito es imprescindible que el piloto esté en posesión del correspondiente carnet de conducir y que la motocicleta que esté empleando cuente con su documentación en regla. Los participantes tendrán que cumplir escrupulosamente con lo que dispone la Ley de Seguridad Vial o cualquier otra normativa de aplicación.

Las licencias se podrán tramitar:

– A través de la Intranet de la web de la FBM. Todos los pilotos que ya se han sacado la licencia en años anteriores están registrados, pudiendo solicitar sus datos a la FBM. En caso de no haberse sacado nunca la licencia, ponerse en contacto con la FBM.

– Dirigiéndose directamente a la Federació Balear de Motociclisme, personalmente o a través de los motoclubs.

– Por email, solamente cuando se trate de pilotos mayores de edad. Para tramitar las licencias por email, el piloto interesado o su motoclub, deberá enviar, con una semana de antelación como mínimo a la fecha de celebración de la prueba en la que quiera participar, la solicitud de licencia y fotocopia del DNI, acompañada de un comprobante de transferencia bancaria debidamente sellado por la entidad bancaria, al email «fbm@fbmotos.org» El importe de la licencia se ingresará a la cuenta de La Caixa número ES63 2100 4382 10 0200021997.

La solicitud de la licencia se hará con el impreso correspondiente que, junto con el respectivo importe acompañará la documentación pertinente.

Quedará completamente prohibido la participación de un piloto con licencia de una sola prueba tramitada el mismo día de la prueba, según consta en el Art. 62 del Reglamento Deportivo. Del incumplimiento de esta norma se dará la pertinente información al Comité de Disciplina Deportiva, para que tome las medidas oportunas. Estas licencias de una sola prueba se tienen que tramitar con el mismo procedimiento que cualquier otro tipo de licencia, y con los mismos plazos.

Impresos de solicitud

Precios licencias 2024

Acreditación responsable menores 2024

Impreso licencias 2024

Protocolo en caso de accidente 2024

Norma actuación y coberturas

En caso de necesidad de ser atendido por accidente:

Póliza de accidentes 2024

Cuadro médico 2024